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La Ley Nacional de prevención del delito y Privacidad compacta de 1998 estableció el Consejo compacto (consejo), que supervisa el uso de la información de antecedentes penales (CHRI) para fines de Justicia no penal. (Title 42, United States Code (U. S. C.), Section 14616.) El Consejo también está facultado para promulgar normas y procedimientos relativos a esa utilización., Los siguientes pasos para el éxito son consistentes con la autoridad del Consejo en relación con las verificaciones de antecedentes nacionales para fines de Justicia no penal, tales como licencias y empleo

  • La verificación debe basarse en huellas dactilares. (42 U. S. C. § 14616, artículo V)

esto proporciona una identificación positiva y elimina los falsos positivos y falsos negativos asociados con las comprobaciones basadas en el nombre, asegurando así que una persona prohibida no tenga licencia/empleo.,

  • la verificación debe enviarse a través del repositorio central de registros del Estado e incluir una verificación de antecedentes penales del estado.

de acuerdo con los acuerdos que el FBI tiene con los estados, las huellas dactilares deben enviarse a través del repositorio central de registros estatales para una verificación de antecedentes penales estatales. The FBI has established relationships with the state repositories that include fingerprint submission processes, billing agreements, and dissemination of CHRI to authorized recipients., The state check also provides the benefit of obtaining additional CHRI that may not be maintained by the FBI.

  • El uso y la difusión de información sobre los antecedentes penales estarán sujetos a la autoridad del Consejo. (42 U. S. C. §14616, Artículo IV (c))

Las normas y procedimientos establecidos por el Consejo protegen la exactitud y la privacidad de los registros y garantizan que los registros solo se utilicen para fines autorizados.,

  • La verificación debe apoyar el derecho de los Estados a establecer su propia estructura de tasas estatales para procesar verificaciones de antecedentes penales basadas en huellas dactilares con fines de Justicia no penal. (42 U. S. C. § 14616, artículo V (d))

El costo de cada Estado para procesar una verificación de antecedentes de Justicia no penal varía y depende de muchos factores, como los servicios que proporciona cada estado.,

  • La verificación y el uso y difusión de información de antecedentes penales deben cumplir con la Ley de Privacidad de 1974 y el aviso individual y los derechos de acceso del título 28, Código de Regulaciones Federales, secciones 50.12 y 16.30-16.34.
de conformidad con 42 U. S. C. § 14614, el Compact no puede interferir con las autoridades estatutarias especificadas, como las leyes federales existentes que permiten verificaciones basadas en nombres.

Publicado en noviembre de 2014

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