FAQ

¿qué hace que una persona sea un inquilino?

en general, si una persona ha pagado el alquiler o ha aceptado pagar el alquiler para vivir en algún lugar, entonces esa persona es un inquilino.

  • esto es cierto incluso si la persona solo está usando parte de una casa o apartamento, como cuando una persona está durmiendo en su sofá.

  • el Alquiler es generalmente dinero. Una persona también puede» pagar » el alquiler haciendo trabajo o dando cosas a la persona a la que está alquilando.,

si una persona nunca ha pagado dinero, hecho trabajo para usted, o le ha dado algo de valor y nunca estuvo de acuerdo en hacer ninguna de esas cosas, entonces él o ella probablemente no es un inquilino. Sin embargo, si una persona ha aceptado pagar, trabajar o darle algo de valor a cambio de vivir en su casa, puede ser considerado un inquilino incluso si nunca ha hecho nada para mantener este acuerdo.

  • por ejemplo, si alguien le prometió pagarle 5 500 por mes para dormir en su habitación libre, esa persona puede ser un inquilino incluso si nunca pagó ni siquiera 1 1 en alquiler desde que se mudó.,

alquilo mi casa de otra persona. ¿Cómo puedo ser propietario?

una persona puede convertirse en propietario incluso si él o ella no es dueño de la propiedad.
  • El ejemplo más común es cuando un inquilino subarrenda su unidad de alquiler.
  • El inquilino que está alquilando el propietario es un propietario y la persona subarrendamiento es un inquilino.

¿puede alguien ser inquilino incluso si no hay un contrato de arrendamiento por escrito?

Sí. Un acuerdo para alquilar una propiedad no necesita ser por escrito.
  • Una persona puede convertirse en inquilino a través de un acuerdo verbal.,
  • Una persona puede convertirse en inquilino según la forma en que actúa y cómo responde la otra persona. Por ejemplo, si una persona le da dinero al propietario regularmente y el propietario lo acepta, eso podría crear una relación propietario-inquilino.

¿Qué pasa si tenemos un acuerdo escrito que dice que la persona que vive en mi casa no es un inquilino?

ese tipo de acuerdo puede ser útil. Pero, si la persona está pagando el alquiler, él o ella todavía puede ser considerado un inquilino, no importa lo que diga el Acuerdo.,

  • no puedes convertir a un inquilino en un invitado con solo cambiar lo que llamas a esa persona en tu acuerdo.

  • si el asunto llegara a la corte, la corte miraría lo que realmente está sucediendo, no solo cómo se llamaba a la persona en el Acuerdo.

¿Qué pasa si tenemos un acuerdo escrito que dice que una persona es inquilina solo por un cierto tiempo y ese tiempo ya ha terminado?

si usted tiene un acuerdo escrito de que una persona es un inquilino por un cierto período de tiempo, probablemente tendrá que seguir los procedimientos para desalojar a un inquilino., Esto es cierto incluso si el tiempo en el Acuerdo ha terminado.

¿son inquilinos los empleados domésticos?

Los empleados que reciben vivienda de sus empleadores como parte de su salario generalmente no son inquilinos.

  • el ejemplo más común de esto son los asistentes de atención médica internos.

  • Si un empleado es un inquilino depende del acuerdo entre el empleado y el empleador.

  • es posible Que una persona sea un empleado y a un inquilino.

no vivir en una propiedad durante mucho tiempo le da a una persona «derechos de okupa?,

una persona no se convierte en inquilino solo porque ha vivido en una propiedad durante mucho tiempo. En casos muy raros cuando una persona vive en una propiedad durante al menos 15 años sin el permiso del propietario y cumple con varias otras condiciones, entonces esa persona puede poseer la propiedad por «posesión adversa».»Esto es generalmente lo que la gente quiere decir cuando hablan de los derechos de los ocupantes ilegales.

la persona que quiero desalojar es un co-inquilino en mi contrato de arrendamiento. ¿Es esa persona un inquilino o algo más?,

si usted y otra persona son co-inquilinos en el contrato de arrendamiento porque ambos firmaron el contrato de arrendamiento como inquilinos, ambos tendrán el mismo derecho a vivir en la propiedad en la mayoría de los casos. Los Co-inquilinos generalmente no pueden desalojarse entre sí, incluso si uno de los co-inquilinos deja de pagar el alquiler o está violando el contrato de arrendamiento que ambos firmaron.

si la persona que desea desalojar no es un inquilino, pero es un miembro del hogar u ocupante autorizado, es posible que pueda desalojar a esa persona. Tendrá que averiguar si esa persona es su inquilino o es un invitado. (Vea «inquilinos vs. huéspedes» arriba., Si usted está recibiendo un subsidio de vivienda, es posible que desee hablar con un abogado para asegurarse de que está siguiendo las reglas de su programa de subsidios.

he leído todo esto, y todavía no estoy seguro de si la persona que vive en mi propiedad es un inquilino o no. ¿Qué debo hacer?

si no está seguro de si la persona que desea desalojar es un inquilino o no, debe hablar con un abogado antes de decidir qué hacer a continuación.

¿ Puedo bloquear a un huésped y poner su propiedad en la calle?

la forma más segura de retirar a un invitado de su propiedad es usar el proceso judicial., Hay varias razones por las que puede ser una mala idea usar el desalojo de autoayuda para eliminar a un huésped de su casa.

  • Puede estar arriesgando su seguridad personal si el huésped se enoja o se vuelve violento durante o después del desalojo.

  • si es necesario llamar a la policía porque el desalojo está causando disturbios, pueden detener el desalojo y ordenarle que deje que el huésped regrese a su casa. La policía también puede indicarle que vaya a la corte para desalojar al huésped.

  • en muchos casos, no puede estar seguro de si una persona es un huésped o un inquilino., Si usted se equivoca y un juez decide que su invitado en realidad es un inquilino, se le puede ordenar que deje que esa persona se mude de nuevo a su casa y es posible que tenga que pagarle dinero a esa persona por desalojarlo injustamente.

  • Los juicios por desalojo injusto pueden ser una gran cantidad de dinero y pueden incluir: reembolso de los costos de vida mientras el huésped estaba fuera de la propiedad, Propiedad personal perdida o robada, dolor y sufrimiento, y, si el inquilino puede probar que actuó imprudentemente o maliciosamente, daños adicionales para castigarlo por el desalojo ilegal.,

puede protegerse de estos problemas utilizando el proceso judicial para desalojar a su invitado.

¿Cómo desalojo a un invitado a través de la corte?

a pesar de que un huésped no es un inquilino, todavía puede presentar un caso de desalojo en la sucursal de propietarios e inquilinos de la Corte Superior de D. C. La sucursal del propietario e inquilino es la corte de desalojo, y usted no tiene que ser un propietario para presentar un caso para desalojar a alguien.

  • no tiene que usar la sucursal del propietario y el inquilino, pero generalmente es la manera más rápida de obtener un fallo para eliminar a una persona de su propiedad.,

  • puede presentar una queja sobre una queja verificada por posesión de bienes raíces en el formulario 1b del propietario y el inquilino, junto con una citación en el Formulario 1 del propietario y el inquilino. una muestra de queja y citación completada para un caso como el suyo se incluye en el paquete de autoayuda

  • Después de completar estos formularios, llévelos a la Oficina del Secretario del propietario y el inquilino, 510 4th Street, NW, Room 110, Washington, DC 20001.

  • Hay un cargo de 1 15 para presentar la queja y la citación., Si la cuota de presentación será una dificultad para usted, puede pedirle a la corte que renuncie a sus cuotas de presentación completando una solicitud para proceder sin pago anticipado de Costos y cuotas. Haga clic aquí para obtener ayuda para completar este formulario.

  • Después de presentar la queja y la citación, necesitará que alguien mayor de 18 años haga la entrega legal de los documentos. Las instrucciones para hacer la entrega legal de los documentos se incluyen en este paquete de autoayuda.

  • la persona que sirve al huésped debe llenar una declaración jurada de entrega que explique cómo se le entregaron los documentos al huésped.,

  • Su primera cita en la corte será aproximadamente 3 semanas después de presentar su queja y citación.

¿necesito poner alguna información especial en los documentos de la corte si soy un inquilino yo mismo, en lugar del propietario de la propiedad?

en el párrafo 2 de la queja, un inquilino que está desalojando a un huésped puede marcar la casilla «No es el propietario, propietario o representante Personal, pero tiene derecho a exigir la posesión.»Entonces puede explicar en la línea siempre que usted es el inquilino legal y que el huésped es una persona que se niega a salir de su casa.,

¿Necesito poner alguna información especial en los documentos de la corte si el huésped que estoy desalojando ocupa parte de la propiedad, en lugar de toda la casa, o si algunos o todos los muebles me pertenecen?

en el párrafo 3 de la demanda donde el formulario dice: «el Demandante busca la posesión de la propiedad ubicada en», puede poner la dirección completa de la casa o apartamento junto con una descripción de la parte de la casa que ocupa el huésped. Por ejemplo, si el huésped vive en el sótano o en el dormitorio principal, puede agregar la descripción «sótano» o «dormitorio principal» después de la dirección.,

si algunos o todos los muebles de la casa o apartamento son suyos, puede agregar las palabras «parcialmente amueblado» o «amueblado» a la línea de dirección.

vea la queja de ejemplo en el paquete de Autoayuda para ver un ejemplo.

en el párrafo 4 de la denuncia se pregunta si el alquiler de la propiedad está subvencionado. Mi alquiler está subvencionado, pero el huésped que desalojo no paga alquiler. ¿Cómo respondo a esta pregunta?

si el alquiler de la unidad que alquila es Subsidiado, entonces debe marcar la casilla que dice » Sí.,»Puede tomar un bolígrafo negro y escribir cuidadosamente debajo de esa pregunta» el alquiler del demandante está subsidiado, pero el demandado no paga alquiler » para explicar.

¿Necesito dar a mi huésped un aviso de 30 días antes de presentar un caso de desalojo en la sucursal del propietario e inquilino?

en general, usted solo está obligado a dar un aviso de 30 días para dejar de fumar a alguien que es un inquilino.

por lo general, no es necesario dar a un invitado un aviso de 30 días, sin importar cuánto tiempo haya vivido esa persona en su casa., La mayoría de las veces, puede demandar para desalojar a un huésped tan pronto como le haya pedido a la persona que se vaya y se haya negado a mudarse.

estos no son comunes, pero aquí hay algunas razones por las que podría necesitar dar a alguien que no es un inquilino un aviso para dejar de fumar:

  • usted prometió a su invitado que le daría una cierta cantidad de aviso antes de que él o ella tuviera que irse.

  • la persona no es un inquilino, sino que es el antiguo propietario de una propiedad hipotecada o unidad cooperativa que usted compró. (Los inquilinos de antiguos propietarios de propiedades embargadas tienen los derechos de los inquilinos., Consulte las preguntas frecuentes para Propietarios para obtener más información.)

Si cree que una de estas razones podría aplicarse a usted, debe hablar con un abogado antes de presentar un caso de desalojo para asegurarse de que ha entregado una notificación adecuada para dejar de fumar.

tengo miedo de mi invitado. ¿Puedo sacar a esta persona de mi casa más rápido?

si su invitado es violento, amenazante o abusivo con usted, es posible que pueda obtener una orden de protección temporal de emergencia y/o una orden de Protección Civil de un año para protegerlo., No necesita tener una relación familiar o íntima para usar el proceso de violencia doméstica, pero sí necesita vivir juntos en el mismo hogar.

para más información sobre el proceso de violencia doméstica, haga clic aquí. Para obtener ayuda legal para solicitar un TPO o CPO, haga clic aquí o llame al centro de admisión de violencia doméstica al (202) 879-0152 (en la Corte Superior de DC) o al (202) 561-3000 (en United Medical Center en el sureste de DC).

el invitado es un familiar o amigo. Me preocupa que dañe nuestra relación si lo demando. Hay otras opciones?,

La Corte ofrece un servicio gratuito para ayudar a las personas a resolver desacuerdos sin ir a la corte. Si su invitado está de acuerdo, un mediador de la comunidad puede hablar con usted y el invitado para ver si pueden llegar a un acuerdo. Para obtener más información sobre el programa de Mediación Comunitaria de la Corte, haga clic aquí o llame al (202) 879-1549.

presenté una queja para desalojar al huésped. ¿Qué sucede cuando voy a la Corte?

asegúrese de llegar y estar sentado en la sala del tribunal a las 9: 00 AM. El juez le explicará cómo funciona el proceso y qué ayuda puede estar disponible., Si no habla Inglés o es sordo o tiene problemas de audición, asegúrese de decírselo al Secretario de la corte antes de que comience el anuncio.

el Secretario leerá los nombres de todas las partes que están programadas para comparecer. Usted debe responder «aquí» o «presente» y decir su nombre cuando su nombre es llamado. Asegúrese de que puede oír al empleado claramente. Si no puede oír, levante la mano y hágaselo saber al Secretario. Si pierde su nombre y no responde, su caso puede ser desestimado. Si el demandado no responde cuando se llama el caso, puede pedirle al secretario que ingrese una «falta de comparecencia» contra el invitado.,

si no escucha su nombre durante la votación nominal o llega tarde a la corte y no está seguro de si se llamó a su nombre, debe hablar con el secretario en la sala del tribunal después de que termine la votación nominal y asegurarse de que el Secretario sepa que usted está presente.

una vez que el Secretario complete la lista, puede decidir hacer una o más de las siguientes acciones:

  • resolver el caso con el invitado o el abogado del invitado.

  • pídale al juez que otorgue un fallo no redimible en su caso., Si el invitado no tiene una defensa para su reclamo, el juez puede dictar sentencia por posesión. Si el invitado tiene una defensa, el caso probablemente se fijará para un juicio en un día diferente.

  • «mediar» su caso a través de un mediador designado por la corte. Un mediador hablará con ambas partes y tratará de ayudar a resolver el caso. Sin embargo, no tiene que resolver el caso, y debe hablar con un abogado si no entiende alguna parte de la mediación o lo que le está diciendo El Mediador.

para obtener más información sobre lo que sucede en su primer día en la Corte, haga clic aquí., Para obtener más información sobre la conciliación y la mediación, haga clic aquí.

¿Qué sucede si no puedo comparecer en la Corte en el día programado?

debe llamar inmediatamente al Secretario de la Corte al (202) 879-4879 para explicar por qué no puede comparecer. Pídale al Secretario su nombre y escríbalo. También debe llamar inmediatamente a su invitado o al abogado del invitado para decirle que no puede comparecer. Si tiene tiempo para ir a la Corte otro día antes de su fecha de audiencia, puede presentar una notificación a la corte explicando que no puede ir a la corte y solicitando una nueva fecha.,

si el secretario no le da otra fecha para comparecer en la corte, acuda a la corte lo antes posible y averigüe qué pasó. Incluso si llama a la corte, el juez puede desestimar su caso. Si su caso es desestimado porque usted no está allí, se llama «desestimación por falta de procesamiento», y por lo general puede presentar una moción para reabrir el caso o presentar un nuevo caso.

¿Qué sucede si el invitado no viene a la corte?

si el invitado no acude a la corte en la fecha de la audiencia inicial, por lo general puede tener un «predeterminado» ingresado en contra del invitado durante la votación nominal de la mañana., En la mayoría de los casos, una falta de comparecencia significa que se dictará un fallo por posesión después de que usted presente documentos en la corte que prueben que el acusado no está en las Fuerzas Armadas.

en algunos casos, también se le requiere presentar una prueba (llamada prueba «ex parte») de su caso ante la corte antes de que pueda obtener un fallo por posesión, incluso si el invitado no acude a la corte o si el invitado acudió a la corte pero se fue o no regresó a la corte para una audiencia continua.

si se requiere prueba, el juez puede fijar otra fecha de audiencia unas dos semanas después de la primera., Si el invitado no viene a la corte, el Secretario generalmente le dirá si necesita comparecer ante el juez después de pasar lista. Si no está seguro, puede preguntarle al Secretario después de pasar lista qué debe hacer a continuación.

el invitado presentó una respuesta. ¿Qué es una «Respuesta?»

una respuesta pone por escrito las defensas que el invitado tiene la intención de plantear en un juicio.

¿ el invitado tiene que presentar una respuesta?

no se requiere presentar una respuesta en el Tribunal del arrendador e inquilino a menos que el invitado quiera solicitar un juicio con jurado (en lugar de un «juicio de banco» ante un juez).,

¿ Cuáles son algunas defensas que el invitado podría levantar?

la defensa más común a un caso presentado contra un invitado es que el invitado afirma que él o ella es en realidad su inquilino, no su invitado. Otras defensas pueden incluir:
  • los documentos de la corte no se han llenado correctamente.
  • los documentos de la corte no se entregaron al invitado de la manera correcta o lo suficientemente pronto antes de la primera audiencia.
  • El huésped tiene derecho a vivir en la propiedad.
  • El huésped ha recibido permiso para vivir en la propiedad por parte de un co-inquilino o copropietario.,

tengo un fallo por posesión. ¿Cuánto tiempo tomará hasta que el huésped sea desalojado?

Después de obtener un fallo por posesión, debe esperar dos días hábiles completos antes de poder presentar una orden de restitución. Una orden de restitución es un documento que autoriza al servicio de Alguaciles de los Estados Unidos a programar un desalojo.

después de presentar la Orden de restitución, la Oficina del Secretario envía la orden al servicio de Marshals de los Estados Unidos. El servicio de U. S. Marshals envía una copia de la orden al invitado. El U. S. Marshals Service lo llamará para programar el desalojo., Lo más pronto que un desalojo puede tener lugar es en el cuarto día hábil después de la presentación de la orden. El escrito tiene una validez de 75 días. Si el huésped no es desalojado en los 75 días, entonces tendrá que presentar un nuevo (o «alias») escrito.

recuerde, los U. S. Marshals deben estar presentes durante el desalojo. Sin embargo, los U. S. Marshals no eliminarán la propiedad del huésped. Usted tendrá que encontrar o contratar a un equipo de desalojo. El tamaño del equipo de desalojo depende del tamaño de la casa que está siendo desalojada. Para obtener más información sobre los procedimientos de los U. S. Marshals, haga clic aquí., También es posible que desee programar un cerrajero para que venga a la propiedad para asegurarse de que las cerraduras se cambien al mismo tiempo que el desalojo.

para obtener más información sobre el proceso de desalojo en General, haga clic aquí.

¿Qué sucede si no puedo pagar tasas judiciales?

si no puede pagar los costos o cargos relacionados con su caso de propietario e inquilino, puede presentar una «solicitud para proceder sin pago anticipado de costos, cargos o garantías» comúnmente conocida como «IFP» o «In Forma Pauperis.,»Se le pedirá que complete el formulario de la corte y Jure información sobre sus asuntos financieros. Una vez que complete la solicitud y la Declaración Jurada, comparecerá ante el juez, quien decidirá si concede su solicitud. Puede hacer clic aquí para el formulario.

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